Análisis del Acuerdo Ministerial No. 01-2011
Existen cuerpos legales que respaldan o tratan acerca de
los lineamientos de disciplina escolar uno de ellos es el ACUERDO MINISTERIAL No. 01-2011 Normativa de
convivencia pacífica y disciplina para una cultura de paz en los centros
educativos de fecha Guatemala, 03 de enero de 2011 y el ACUERDO MINISTERIAL
NÚMERO 1505-2013 Reformas a artículos del Acuerdo Ministerial No. 01 – 2011. http://www.centroeducativolavid.edu.gt/Reglamento_de_disciplina.pdf. Este
acuerdo establece tanto las medidas preventivas que se deben tomar en los
establecimientos como también los tipos de faltas y sanciones.
La actualización de la normativa de Convivencia Pacífica
y Disciplina para una Cultura de Paz en los centros educativos, avalada por el
Ministerio de Educación de Guatemala y que cobró vigencia, busca preservar el
clima de seguridad, armonía y orden en las escuelas e institutos. Es un
reglamento que ha tenido mucho éxito y
aceptación entre padres de familia y la comunidad educativa. Por eso se hizo
necesaria una revisión y actualización, los centros educativos, por ser los
sitios idóneos para el desarrollo de alumnos, debe ser seguro y libre de
violencia, vicios o conductas que puedan afectar la formación integral de los
estudiantes. Los reglamentos propios las normas pretenden ser un marco de
referencia para que en los establecimientos educativos se diseñen los propios
reglamentos de disciplina.
Uno de los problemas de Guatemala es dejar que los niños
hagan lo que quieran, darles una libertad que luego puede derivar en la delincuencia
que se tiene, considera que la disciplina
es fundamental para el resto de la vida.
En caso de que un estudiante viole esta norma, deberá
permanecer en el área de recepción del plantel escolar hasta el inicio del
siguiente período de clases, pero será reportado por cometer falta leve.
La nueva norma incluye responsabilidades para los padres,
entre estas que deben revisar y firmar cada día la agenda de tareas de cada
estudiante. También están obligados a comunicar la razón de la ausencia de su
hijo, a más tardar al día siguiente.
En la segunda, causar daños al mobiliario y copiar
durante los exámenes; y en la tercera, portar armas, participar en hechos
delictivos, fumar, consumir drogas o bebidas embriagantes y sustraer pruebas de
evaluación. Prohibido mantener noviazgos y ser impuntual en escuelas. El
Ministerio de Educación enumeró un listado de reglas que deben cumplir los
estudiantes, maestros, padres o administradores para que el desempeño de las
actividades sea en armonía.
Los centros deberán integrar comisiones de
disciplina que conocerán estos casos, y entre las sanciones están llamadas de
atención verbal, escrita, citaciones con los padres, suspensiones temporales o
la expulsión
La situación post pandemia, exige una revisión del reglamento por cuanto debe ajustarse a la s modalidades semipresencial y a distancia de la entrega educativa.
ResponderBorrarAdemás... para no entrar en conflicto con la norma constitucional del derecho inherente a la educación, no cabe la expresión "expulsión" sino "retiro para recibir asistencia y orientación" ante la notoria, reitera y documentada actitud de indisciplina.
ResponderBorrarBien sabemos que la casa es la primera escuela, se avalaron estas leyes donde se nos hable de normas de convivencia pero se necesita del apoyo de toda la comunidad educativa para así poder enfrentar y disminuir la indisciplina que es un problema grave que ha venido afectando a nuestro país.
ResponderBorrardesafortunadamente, los mimos papás no ayudan, para poder implementar y practicar la disciplina, es por eso que los niños o adolescentes, no respetan a nadie.
ResponderBorrarCuando se debe de integrar la comisión de disciplina antes del cierre del ciclo o iniciando el nuevo ciclo escolar. Y donde me puedo amparar para los mismo. Gracias
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